Obligaciones de Formación

Dirigidas a todos los sujetos participantes en la Distribución de Seguros

¿Cuáles son mis obligaciones de formación?

La Resolución de 3 de junio de 2021 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) establece los principios básicos de los cursos y programas de formación que los Distribuidores de Seguros y de reaseguros deben cumplir con el objetivo de garantizar los conocimientos suficientes para la participación en la actividad.

Con este objetivo, todos los Distribuidores de Seguros y de reaseguros, así como su personal relevante (empleados, colaboradores externos y cualquier otra persona que intervenga directamente en la distribución de seguros), deberán participar en los programas de formación obligatorios, tanto en su ámbito de Formación Inicial, como de Formación Continua.

Cuáles son mis obligaciones de formación
Empresa Autorizada DGSFP

Empresa Autorizada

Adara Formación, como centro de formación profesional especializado en la Distribución de Seguros, cumple con todos los requisitos para la organización, impartición y certificación de los programas de Formación Inicial y Formación Continua

«Real Decreto 287/2021. Las universidades públicas o privadas y las personas y entidades externas certificadoras de formación que organicen los cursos deberán cumplir los siguientes requisitos»

Estructura

Disponer de una estructura de medios técnicos y humanos adecuada para organizar los cursos y evaluar los correspondientes conocimientos y aptitudes.

Objetividad

Disponer de una política de conflictos de interés que asegure la independencia y objetividad de sus acreditaciones respecto de los distribuidores de seguros y de reaseguros.

Programa de formación

Elaborar un programa de formación de los cursos con descripción de los medios materiales, técnicos y humanos, los contenidos teóricos y prácticos, y los sistemas de evaluación aplicados, que estará a disposición de la DGSFP.  

Memoria anual

Elaborar una memoria anual descriptiva de los cursos realizados, que estará a disposición de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Registro

Llevar un registro de la formación impartida que permita certificar a las personas formadas los cursos superados, que estará a disposición de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

DGSFP

En el caso de la Formación Inicial de Nivel 1 se precisará la autorización de impartición por parte de la Subdirección General de Autorizaciones, Conductas de Mercado y Distribución.

«Siempre que lo estime necesario, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones podrá, en el ejercicio de sus funciones de supervisión, solicitar al distribuidor, al personal relevante o a las entidades formadoras, la acreditación de los conocimientos de los distribuidores de seguros y del personal relevante.».

Nuestro compromiso con la excelencia, el trato personalizado y la satisfacción del cliente nos ha convertido en una empresa referente del sector.