El objetivo del curso de Nivel 3 es proporcionar a los distribuidores de seguros y reaseguros los conocimientos básicos generales para el desempeño de su actividad, permitiéndoles ofrecer información y asistencia a los clientes. El curso consta de tres módulos formativos. El módulo general aborda temas relevantes para todos los seguros, incluyendo normativas y protección del consumidor. El módulo No Vida se centra en los seguros distintos a los seguros de vida, abordando su clasificación y normativas. Por último, el módulo de seguros de vida proporcionará conocimientos básicos sobre los productos de seguros de vida, tanto IBIPS, como NO IBIPS.
1.1. Estructura general del sistema financiero
1.2. Las instituciones del sector asegurador
1.3. Consorcio de compensación de seguros
1.4. Normativa aplicable en materia de condiciones generales de la contratación
1.5. Normativa aplicable en materia de contrato de seguro y de reaseguro
1.6. Normativa de distribución de seguros (IDD)
1.7. Normativa sobre mecanismos de protección al consumidor y usuarios de servicios de seguros y financieros
1.8. Normativa general sobre protección de datos de carácter personal
1.9. Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
1.10. Gestión de siniestros
1.11. El código Deontológico de la Mediación de Seguros
1.12. Acceso a las personas con discapacidad a los productos de seguros
2.1. Seguros de responsabilidad civil
2.2. Seguros de defensa jurídica
2.3. Seguros de pérdidas pecuniarias
2.4. Seguros de automóviles
2.5. Seguros de hogar
2.6. Seguros de comunidades
2.7. Seguros de comercio
2.8. Seguros de pymes multirriesgo
2.9. Seguros de accidentes
2.10. Seguros de decesos
2.11. Seguros de enfermedad
2.12. Seguros de crédito y caución
2.13. Seguros de asistencia en viaje
2.14. Otros seguros no vida
3.1. Naturaleza y características de los productos de seguros de vida
3.2. Organización y prestaciones garantizadas en el sistema de pensiones públicos
3.3. Normativa sobre blanqueo de capitales aplicable al seguro de vida
Adara Formación Seguros está autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cumpliendo con todos los requisitos para la impartición y acreditación de los cursos que en materia de Formación Inicial y Formación Continua (Niveles 1, 2 y 3), están obligados a realizar, según exige la normativa vigente, todos los distribuidores de seguros privados.
Obligatorio para para todo el personal relevante que cumpla funciones de información al cliente sobre productos de seguros (sin asesoramiento): Empleados de entidades aseguradoras; Empleados de los Mediadores de Seguros; Personas que integran las redes de distribución de los operadores de banca-seguros; Colaboradores externos; Agentes de seguros.
La formación de Nivel 3 estará bonificada para los empleados en el Régimen General de la Seguridad Social con cargo al crédito Formativo de la empresa. Podrá bonificarse por lo tanto la totalidad del importe de la formación hasta corresponder con la cuantía disponible tras la impartición.
La Formación de Nivel 3 está dirigida a todas las personas que ejerzan la actividad de distribuidores de seguros prestando información a clientes (sin asesoramiento) en productos de seguros: Empleados de los Mediadores de Seguros y Entidades Aseguradoras; Agentes de Seguros personas físicas y jurídicas; Las personas que integran las redes de distribución de los operadores de banca-seguros; Colaboradores Externos personas físicas y jurídicas y sus empleados.
Al contrario que en los Niveles 1 y 2, en el Nivel 3 no se exige ninguna cualificación previa para acceder a la formación, solo será necesario aportar el DNI para verificar la identidad del participante.
La principal diferencia, aparte de actualizarse sustancialmente el programa de contenidos, radica en las horas lectivas, ampliándose de las 50 horas del derogado Grupo C, a las actuales 150 horas del Nivel 3. Este cambio normativo tan llamativo, a raíz del cual se exige el cumplimiento de un programa casi equiparable al Nivel 2, fue muy criticado a la entrada en vigor de la norma, pues se entendía que el personal administrativo que no acomete funciones de asesoramiento, no precisaba de este nivel de cualificación. Por otro lado, se mantiene en cambio la obligatoriedad de corresponder con programas de formación continua de al menos 15 horas anuales para todos los sujetos encuadrados en el actual Nivel 3, es decir, las mismas horas que se exigían para el derogado Grupo C.
En el caso de la equivalencia entre el derogado Grupo C y su nivel análogo actual, el Nivel 3, la DGSFP, dada la magnitud del cambio en los programas de este nivel formativo, estableció la obligación de acreditar la nueva formación inicial obligatoria cursando las horas restantes que les permitieran obtener la acreditación del nuevo programa, para lo cual habilitó un periodo de un año desde la entrada en vigor de la resolución. Transcurrido dicho periodo de adaptación, todos los sujetos que estuvieran en posesión de la titulación de Grupo C y no acometieran el mencionado programa de adaptación dentro del plazo establecido, quedaron de facto sin ninguna titulación convalidable, debiendo desde ese momento corresponder con el programa íntegro de Nivel 3, de 150 horas de duración.
El Nivel 3 es la tercera catalogación de funciones dentro del sector de la Distribución de Seguros, según lo establece la D.G.S.F.P., siendo obligatoria la acreditación de esta titulación por parte del personal relevante que NO preste asesoramiento a los clientes y que esté encuadrado dentro de las siguientes categorías: empleados de entidades aseguradoras, empleados de cualquier distribuidor, las personas que integran las redes de distribución de los operadores de banca, así como los colaboradores externos y los agentes de seguros.
La diferencia entre los distintos niveles que establece la DGSFP está basada en el desempeño de funciones dentro de la de la Distribución de Seguros, siendo el Nivel 3 el rango inferior, dirigido al personal relevante que acometa funciones de información SIN ASESORAMIENTO a los clientes. Por el contrario, los Niveles 1 y 2 están dirigidos al personal que cumpla funciones de dirección y/o asesoramiento.