Desconexión Digital para Empleados

Modalidad: Online | Duración: 40 horas

Objetivos

El curso de Desconexión Digital para el Empleado está diseñado para ayudarte a gestionar el uso de la tecnología de manera saludable, promoviendo hábitos que favorezcan tu bienestar y rendimiento profesional. Aprenderás estrategias para establecer límites, aprovechar mejor tu tiempo y reducir el estrés asociado con la conexión permanente.

Formación Obligatoria Desconexión Digital

La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), en su artículo 88, establece que: Las empresas elaborarán una política interna en la que definirán las acciones de formación y de sensibilización sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas. De esta forma, la formación se configura como un elemento indispensable de la política de desconexión digital que toda empresa debe implementar, especialmente en los casos en los que se cuente con trabajadores en régimen de teletrabajo, trabajo híbrido o disponga de representación legal de los trabajadores (RLT).

Curso Online “Desconexión Digital para Empleados”

Como centro de formación profesional especializado en formación online para las empresas, y en atención al cumplimiento de las obligaciones legales establecidas en materia de competencias digitales responsables, desde Adara diseñamos un curso de desconexión digital para empleados específicamente adaptado a este requerimiento normativo.

Formación Bonificada para empleados

Adara Formación Seguros está autorizada por los organismos de formación nacionales y autonómicos para la impartición de acciones formativas bonificadas para los empleados. Nuestra Formación Bonificada incluye la impartición, la tramitación ante FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo), el servicio de consultoría, el registro acreditativo de la formación, así como el resto de los servicios asociados sin ningún coste adicional.

Resumen Obligaciones

SUJETOS OBLIGACIÓN FORMATIVA REFERENCIA LEGAL
Empresas con trabajadores por cuenta ajena
✅ Sí. Deben formar y sensibilizar sobre desconexión digital.
Art. 88 LOPDGDD Art. 19 y 20 Ley 31/1995 PRL
Empresas con RLT (Representación Legal de Trabajadores)
✅ Sí. Deben negociar política y acompañarla de formación.
Art. 88 LOPDGDD
Empresas sin RLT
✅ Sí. Deben implementar política interna e informar/formar a su plantilla.
Art. 88 LOPDGDD
Trabajadores en modalidad de teletrabajo o híbrido
✅ Sí. Colectivo prioritario en acciones de formación.
Ley 10/2021 de trabajo a distancia
Mandos intermedios y responsables de equipos
✅ Sí. Responsables de garantizar la desconexión de sus equipos.
Buenas prácticas derivadas de la LOPDGDD y PRL
Freelance / Autónomos colaboradores
❌ No. Salvo inclusión explícita en contratos o políticas internas.
No aplica, salvo por cláusulas contractuales específicas

Preguntas Frecuentes

Sobre el curso de desconexión digital para empleados

Porque la Ley Orgánica 3/2018 (art. 88) obliga a los empleadores a definir políticas internas que incluyan acciones de formación y sensibilización sobre el uso razonable de las tecnologías, como parte del derecho a la desconexión digital.

Las principales normas aplicables son:

  • LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018), art. 88.
  • Estatuto de los Trabajadores (art. 20 bis).
  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
  • Ley 10/2021, de trabajo a distancia.

Todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena están obligadas a desarrollar una política de desconexión digital que incluya formación para la plantilla, especialmente si existe trabajo en remoto o representación legal de los trabajadores.

  • Todos los trabajadores de la empresa.
  • Especialmente, quienes trabajen en modalidad remota o híbrida.
  • Los mandos intermedios y responsables de equipos, por su papel clave en la gestión del tiempo y la desconexión.

Sí. Aunque no se negocie formalmente con RLT, la empresa debe igualmente implantar una política interna de desconexión digital y formar a sus empleados sobre su contenido y alcance.

La ley no establece una periodicidad fija, pero se recomienda implementarla:

  • Al incorporar nuevos empleados.
  • Al definir o actualizar la política interna.
  • Periódicamente, como parte del plan de prevención de riesgos psicosociales.
  • Sanciones de la Inspección de Trabajo.
  • Reclamos por riesgos psicosociales o por no garantizar los derechos digitales.
  • Responsabilidad empresarial en casos de conflictos por jornadas extendidas o tecnoestrés.

El coste para empleados se adecuará al plan formativo y crédito disponible de cada empresa, evitando que suponga un coste final para el cliente.